Modelo de recibo de devolución de fianza de alquiler
El recibo de devolución de fianza acredita que el arrendador ha reintegrado al inquilino, total o parcialmente, la garantía entregada al firmar un alquiler. Incluye un modelo editable con identificación de las partes, inmueble, importe devuelto, forma de pago, posibles descuentos y firmas para dejar constancia del acuerdo.
El recibo de devolución de fianza es el documento que acredita que el arrendador ha reintegrado al arrendatario la garantía económica entregada al comienzo de un contrato de alquiler. Aunque en muchos casos basta una transferencia bancaria correctamente identificada, contar con un recibo firmado evita dudas sobre la cantidad abonada, el concepto del pago y la existencia de posibles reservas.
La expresión portuguesa recibo de devolução de fiança equivale en España al recibo o justificante de devolución de la fianza arrendaticia. Se utiliza principalmente al finalizar un contrato de arrendamiento de vivienda, local, garaje u otro inmueble, una vez entregadas las llaves y comprobado el estado de la finca.
El modelo editable de esta página permite documentar una devolución total o parcial. También puede adaptarse para dejar constancia de descuentos aceptados por ambas partes, siempre que estén detallados y respondan a conceptos justificables.
Qué es un recibo de devolución de fianza
Es un documento privado mediante el cual el arrendador declara haber devuelto una determinada suma al inquilino en concepto de fianza, y este reconoce haberla recibido. Su función principal es probatoria: ayuda a acreditar el pago y reduce el riesgo de reclamaciones posteriores sobre una cantidad ya satisfecha.
No debe confundirse con el resguardo de depósito de la fianza ante el organismo autonómico competente. En numerosos territorios, el arrendador debe depositar la fianza legal en el organismo designado por la comunidad autónoma. Ese depósito y su devolución administrativa son trámites distintos del pago que el arrendador realiza al inquilino al terminar el alquiler.
La fianza sirve como garantía del cumplimiento de las obligaciones arrendaticias y, al término del contrato, procede su restitución salvo que existan cantidades legítimamente pendientes o daños imputables al arrendatario.
Ley de Arrendamientos Urbanos, régimen de la fianza.
Para qué sirve y cuándo conviene utilizarlo
El recibo ofrece una prueba clara del cierre económico de la relación arrendaticia. Resulta especialmente recomendable cuando el pago se entrega en efectivo, mediante cheque o por transferencia bancaria, ya que permite vincular de manera expresa el importe con la fianza del contrato concreto.
Utilidad para el arrendador
Para el propietario o arrendador, el documento prueba que ha efectuado la devolución y que el inquilino ha recibido una suma determinada. Si la devolución es parcial, permite explicar los conceptos descontados y dejar constancia de que el importe restante ha sido abonado.
Utilidad para el arrendatario
Para el inquilino, es un justificante de cobro. Debe conservarlo junto con el contrato, el inventario, las comunicaciones de finalización y el acta de entrega de llaves. Si el pago se ha realizado por transferencia, el recibo complementa al justificante bancario y evita interpretaciones sobre el concepto de la operación.
Normativa aplicable a la fianza de alquiler
La regulación básica se encuentra en la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos. Su régimen establece, con carácter general, una mensualidad de renta como fianza en los arrendamientos de vivienda y dos mensualidades en los arrendamientos para uso distinto del de vivienda. Las partes pueden haber pactado, además, una garantía adicional dentro de los límites legales aplicables.
La fianza no es una penalización automática ni una cantidad que el arrendador pueda retener sin explicación. Puede aplicarse a rentas, suministros, reparaciones o perjuicios pendientes cuando exista base contractual y factual para ello. El desgaste derivado del uso ordinario no equivale, por sí solo, a un daño imputable al inquilino.
La Ley de Arrendamientos Urbanos contempla el devengo de interés legal cuando transcurre un mes desde la entrega de llaves sin que se haya restituido la fianza que corresponda. Para consultar el texto consolidado de la norma puede acudirse al Boletín Oficial del Estado.
Depósito autonómico y devolución al inquilino
El depósito obligatorio de la fianza ante la Administración autonómica no elimina la obligación del arrendador de liquidar la relación con el inquilino. Si procede solicitar la devolución del depósito administrativo, deberá seguirse el procedimiento de la comunidad autónoma competente. No obstante, el arrendador no debería condicionar indebidamente el reintegro al inquilino a una demora administrativa que no le sea imputable.
Quiénes intervienen en el recibo
Habitualmente intervienen dos partes: el arrendador, que entrega el dinero, y el arrendatario, que lo recibe. Si hay varios propietarios o varios inquilinos, deben identificarse todos y conviene determinar expresamente quién paga y quién cobra, así como si actúan en nombre propio o con autorización del resto.
- Arrendador: persona física o jurídica titular del derecho a cobrar la renta y custodiar la fianza.
- Arrendatario: persona que suscribió el contrato y recibe la devolución.
- Representante: gestor, administrador de fincas, apoderado o persona autorizada para actuar por una de las partes.
- Fiador o avalista: no suele firmar este recibo, salvo que el acuerdo afecte expresamente a una garantía prestada por él.
Cuando recibe el dinero una persona distinta del titular del contrato, es prudente incorporar una autorización escrita o acreditar la representación. Esto es relevante si existe más de un arrendatario, pues el pago a uno solo puede no liberar al arrendador frente a los demás salvo que exista autorización suficiente.
Datos que debe contener el recibo
Un recibo bien redactado debe permitir identificar sin ambigüedad el contrato al que se refiere, las personas implicadas y el importe efectivamente entregado. No es necesario elevarlo a escritura pública ni interviene un notario para que sea válido como documento privado, aunque las partes pueden solicitar asesoramiento si la liquidación es compleja.
| Dato | Información que debe incluirse | Finalidad |
|---|---|---|
| Partes | Nombre completo, DNI/NIE o CIF y domicilio | Identificar a pagador y receptor |
| Contrato | Fecha de firma y dirección completa del inmueble | Vincular el recibo con el alquiler concreto |
| Importe | Cantidad en cifra y letra, total o parcial | Evitar discrepancias sobre lo devuelto |
| Pago | Efectivo, transferencia, cheque u otro medio | Dejar prueba del modo de entrega |
| Descuentos | Conceptos, importes y justificación | Explicar una devolución parcial |
| Firmas | Firma de quien paga y de quien recibe | Reforzar la eficacia probatoria |
Importe en número y letra
Indique la cifra exacta en euros y repítala en letra. Si se han retenido cantidades, refleje la fianza inicial, cada deducción y el saldo final devuelto. La transparencia es esencial: una fórmula genérica como “se descuenta lo necesario” puede generar conflictos y no permite conocer el cierre económico real.
Declaración de liquidación
El modelo puede incluir una declaración de que las partes consideran liquidada la fianza. Sin embargo, no conviene utilizar una renuncia general e indiscriminada a acciones si quedan facturas de suministros pendientes, daños aún no cuantificados o controversias no resueltas. En tales supuestos es preferible incluir una reserva concreta y limitada.
Plantilla lista para completar
Modelo editable
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RECIBO DE DEVOLUCIÓN DE FIANZA ARRENDATICIA
En __________, a ___ de __________ de ________.
REUNIDOS
De una parte, D./D.ª __________, mayor de edad, con DNI/NIE __________, domicilio en __________, teléfono __________ y correo electrónico __________, en calidad de arrendador/a del inmueble descrito en este documento.
De otra parte, D./D.ª __________, mayor de edad, con DNI/NIE __________, domicilio en __________, teléfono __________ y correo electrónico __________, en calidad de arrendatario/a del citado inmueble.
[ ] Interviene asimismo D./D.ª __________, con DNI/NIE __________, en representación de __________, conforme a autorización o poder que declara vigente.
EXPONEN
I. Que las partes formalizaron contrato de arrendamiento con fecha ___ de __________ de ________, respecto del inmueble sito en __________, piso/local __________, código postal __________, municipio __________, provincia __________.
II. Que, en virtud del citado contrato, la parte arrendataria entregó una fianza por importe de __________ euros (__________ euros), sin perjuicio de otras garantías que, en su caso, se hubieran pactado.
III. Que la parte arrendataria ha hecho entrega de las llaves y ha desalojado el inmueble en fecha ___ de __________ de ________.
IV. Que, tras revisar la situación del contrato, las partes acuerdan documentar mediante el presente recibo la devolución y liquidación de la fianza, conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
1. Objeto del recibo.
La parte arrendadora entrega a la parte arrendataria, que recibe en este acto, la cantidad indicada en la cláusula segunda en concepto de devolución de la fianza correspondiente al contrato de arrendamiento identificado anteriormente.
2. Importe entregado.
El importe total de la fianza entregada al inicio del arrendamiento asciende a __________ euros (__________ euros).
La cantidad que se devuelve mediante este recibo asciende a __________ euros (__________ euros).
La parte arrendataria declara recibir dicha cantidad a su entera satisfacción, salvo las reservas expresamente indicadas en la cláusula cuarta.
3. Medio de pago.
La devolución se realiza mediante:
[ ] Efectivo.
[ ] Transferencia bancaria realizada el día ___ de __________ de ________, desde la cuenta IBAN __________ a la cuenta IBAN __________, con referencia __________.
[ ] Cheque nominativo número __________, emitido por la entidad __________.
[ ] Otro medio: __________.
4. Descuentos, retenciones o cantidades pendientes.
[ ] No se practica ningún descuento ni retención, por lo que la devolución corresponde a la totalidad de la fianza.
[ ] Se practica una deducción total de __________ euros (__________ euros), correspondiente a los siguientes conceptos:
| Concepto | Importe en euros |
| Rentas pendientes: __________ | __________ |
| Suministros pendientes: __________ | __________ |
| Reparaciones o daños: __________ | __________ |
| Otros conceptos: __________ | __________ |
| Total deducido | __________ |
La parte arrendadora manifiesta que los conceptos anteriores se sustentan en la documentación disponible, que se entrega o queda a disposición de la parte arrendataria: __________.
[ ] Se retiene provisionalmente la cantidad de __________ euros (__________ euros) por el siguiente motivo concreto: __________. Esta cantidad será liquidada cuando se disponga de la documentación o facturación correspondiente, y no más tarde de ___ de __________ de ________, salvo acuerdo escrito posterior entre las partes.
5. Estado del inmueble y entrega de llaves.
Las partes declaran que la entrega de llaves se ha producido en la fecha indicada en el expositivo III. [ ] Se adjunta acta de entrega, inventario, reportaje fotográfico o lectura de contadores. [ ] No se adjunta documentación adicional.
6. Liquidación de la fianza.
Con el pago indicado, las partes consideran liquidada la fianza arrendaticia en los términos recogidos en este documento.
[ ] La parte arrendataria declara no tener nada más que reclamar a la parte arrendadora exclusivamente en relación con la fianza objeto de este recibo.
[ ] Las partes mantienen expresamente las siguientes reservas o cuestiones pendientes: __________.
7. Copias y conservación.
El presente documento se firma por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada parte. Las partes se comprometen a conservarlo junto con el contrato de arrendamiento y los justificantes de pago o documentación que, en su caso, se adjunte.
Y para que conste, las partes firman el presente recibo en el lugar y fecha indicados.
| LA PARTE ARRENDADORA | LA PARTE ARRENDATARIA |
| Firma: __________ | Firma: __________ |
| Nombre: __________ | Nombre: __________ |
| DNI/NIE: __________ | DNI/NIE: __________ |
[ ] Firma de representante o persona autorizada:
Nombre: __________
DNI/NIE: __________
Firma: __________
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Cómo rellenar el modelo paso a paso
- Revise el contrato de alquiler. Compruebe la fecha, la dirección del inmueble, el importe de la fianza y las garantías adicionales que se hubieran pactado.
- Verifique la entrega de llaves. Anote la fecha real de devolución de la posesión y, si es posible, firme un acta de entrega con lectura de contadores e inventario.
- Calcule la liquidación. Determine si existen rentas, suministros, reparaciones justificadas u otros importes pendientes que puedan afectar a la devolución.
- Detalle los descuentos. Indique cada concepto por separado, su importe y la documentación que lo respalda o se aportará.
- Elija un medio de pago trazable. La transferencia bancaria es aconsejable; incluya en el concepto una referencia al inmueble y a la devolución de fianza.
- Complete el recibo. Incluya todos los datos de las partes, el importe en cifra y letra, el medio de pago, lugar y fecha.
- Firme y entregue una copia. Cada parte debe conservar un ejemplar firmado, junto con los justificantes y anexos mencionados.
Si se paga en efectivo, el recibo firmado por el inquilino es todavía más importante. Para importes elevados, conviene valorar medios bancarios que permitan acreditar fecha, ordenante, beneficiario y cuantía.
Devolución total, parcial y retención justificada
Devolución total
Se produce cuando el inmueble se entrega correctamente, no existen deudas pendientes y no hay daños imputables al arrendatario. El recibo debe indicar que se devuelve la totalidad de la fianza y que el importe ha sido recibido.
Devolución parcial
Es procedente cuando existen cantidades concretas que deben compensarse con la fianza. Por ejemplo, una factura pendiente de suministro correspondiente al periodo de ocupación, una renta vencida no abonada o la reparación de un deterioro que exceda del uso ordinario. La deducción debe ser proporcional, documentada y atribuible al arrendatario.
Retención temporal
Puede ser razonable reservar una cantidad limitada si aún no se conoce el importe definitivo de un suministro o existe una reparación pendiente de valorar. En ese caso, el documento debe precisar la cantidad retenida, el motivo, la documentación que se tendrá en cuenta y la forma en que se liquidará el saldo. No es aconsejable usar una retención indeterminada o sin plazo.
Errores frecuentes que deben evitarse
- Firmar un recibo de devolución total cuando todavía hay importes pendientes de comprobar.
- No identificar el inmueble o confundirlo con otro contrato entre las mismas partes.
- Descontar daños sin fotografías, inventario, presupuestos, facturas u otra prueba suficiente.
- Confundir el desgaste normal por uso con desperfectos imputables al arrendatario.
- Indicar que se recibió efectivo cuando realmente no se ha entregado la cantidad.
- Olvidar que existen varios arrendatarios o propietarios con derecho a intervenir.
- Redactar una renuncia amplia a reclamaciones sin comprender sus consecuencias.
También es un error convertir la fianza en el último pago de renta por decisión unilateral del inquilino. La fianza tiene una finalidad de garantía y, salvo pacto expreso, no sustituye el deber de abonar la renta durante la vigencia del contrato.
Consejos prácticos para una liquidación segura
Realice una inspección conjunta del inmueble el día de la entrega de llaves. Tome fotografías fechadas, compare el estado con el inventario inicial y anote las lecturas de agua, luz o gas cuando proceda. Si hay desacuerdo, evite declaraciones ambiguas y documente los puntos pendientes.
Cuando se realicen descuentos, entregue o ponga a disposición del inquilino copias de las facturas, presupuestos, recibos de suministros o evidencias de la reparación. La retención de una fianza debe poder explicarse y acreditarse si se reclama posteriormente.
La información personal incluida en el recibo debe tratarse con prudencia. Solo deben constar los datos necesarios para identificar a las partes y el contrato. Para conocer información institucional sobre protección de datos puede consultarse la Agencia Española de Protección de Datos.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio firmar un recibo de devolución de fianza?
No existe una exigencia general de utilizar un formato concreto, pero es muy recomendable. Acredita el pago y el importe recibido, especialmente si la devolución se realiza en efectivo o mediante un medio de pago poco detallado.
¿Puede el arrendador descontar desperfectos de la fianza?
Sí, cuando los desperfectos sean imputables al arrendatario y estén razonablemente acreditados. No deberían descontarse reparaciones propias del deterioro normal por el uso ordinario, ni cantidades arbitrarias o sin justificación.
¿Cuándo debe devolverse la fianza?
Tras la finalización del contrato y la entrega de llaves, una vez comprobadas las obligaciones pendientes. La Ley de Arrendamientos Urbanos prevé el devengo de interés legal sobre el saldo de fianza que deba restituirse si transcurre un mes desde la entrega de llaves sin devolución.
¿Sirve un justificante de transferencia en lugar del recibo?
Puede servir como prueba de pago, sobre todo si identifica claramente el concepto. Aun así, el recibo añade información útil sobre el contrato, la liquidación y la aceptación del importe por el receptor.
¿Qué ocurre si hay varios inquilinos?
Lo adecuado es que todos firmen el recibo o que quien cobra acredite autorización suficiente de los demás. El documento debe indicar cómo se reparte el importe o que se entrega a una persona facultada para recibirlo en nombre del conjunto.
¿Puede devolverse solo una parte y dejar el resto pendiente?
Sí. Deben detallarse la cantidad entregada, la suma retenida, el motivo concreto de la retención y la forma en que se realizará la liquidación posterior. Esta precisión reduce el riesgo de conflicto.
Referencias
- Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos.
- Código Civil, normas generales sobre obligaciones, pago y prueba documental.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, cuando resulte aplicable.
- Regulación autonómica aplicable al depósito y devolución administrativa de fianzas arrendaticias.
- Agencia Española de Protección de Datos, información sobre tratamiento de datos personales.
Sobre el autor
Editor y responsable de contenidos
Stefano Barcellos coordina la redacción y la revisión de los modelos de documentos de Plantilla King. Su trabajo consiste en convertir trámites cotidianos, como cobrar un pago, alquilar una vivienda o formalizar un acuerdo, en plantillas claras y completas, acompañadas de guías prácticas basadas en la normativa vigente y en fuentes oficiales.
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