Modelo de recibo de fianza de alquiler para arrendamientos
El recibo de fianza de alquiler acredita que el arrendatario ha entregado al arrendador la garantía exigida al formalizar un contrato de arrendamiento. Incluye un modelo editable, instrucciones para cumplimentarlo, datos imprescindibles, recomendaciones de prueba y las reglas básicas aplicables a la fianza en España.
El recibo de fianza de alquiler es el documento mediante el cual el arrendador reconoce haber recibido del arrendatario una cantidad de dinero entregada como garantía al inicio de un arrendamiento. Aunque la fianza suele mencionarse en el contrato, disponer de un recibo independiente aporta una prueba clara de la entrega, de su importe y de la persona que la recibió.
La expresión portuguesa recibo de fiança de aluguel equivale en España al recibo de fianza de alquiler o justificante de entrega de fianza. No debe confundirse con el recibo mensual de renta ni con un aval bancario: la fianza es una garantía dineraria regulada principalmente por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
En esta página encontrará un modelo editable y una guía práctica para redactarlo correctamente, conservar las pruebas de pago y utilizarlo tanto en alquileres de vivienda como en arrendamientos para uso distinto del de vivienda.
Qué es un recibo de fianza de alquiler
Es una declaración firmada, normalmente por el arrendador o por su representante, que acredita la recepción de una suma determinada en concepto de fianza. Identifica el inmueble arrendado, las partes, la fecha de entrega y el medio de pago empleado.
El documento no sustituye al contrato de arrendamiento. Su finalidad es complementarlo y dejar evidencia de un hecho concreto: que la garantía pactada se ha pagado. Resulta especialmente útil cuando la entrega se realiza en efectivo, mediante transferencia cuyo concepto es incompleto o en una fecha distinta de la firma contractual.
Fianza legal y garantías adicionales
La fianza legal es la cantidad exigida por la Ley de Arrendamientos Urbanos al celebrarse el contrato. Las partes pueden pactar además garantías adicionales, como un depósito complementario, un avalista o un aval bancario, dentro de los límites legales aplicables. Conviene que el recibo indique con precisión qué importe corresponde a cada concepto.
La Ley de Arrendamientos Urbanos establece la obligación de exigir y prestar fianza en metálico al celebrar el contrato de arrendamiento.
Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, artículo 36.
Para qué sirve este justificante
El recibo protege a ambas partes. Para el inquilino, demuestra que entregó una garantía y permite reclamar su devolución al terminar el contrato, una vez realizadas las comprobaciones procedentes. Para el propietario, acredita la recepción de fondos vinculados al arrendamiento y evita confundir esa suma con rentas, suministros o pagos a cuenta.
- Prueba la entrega de la fianza y su cuantía exacta.
- Relaciona el pago con un inmueble y un contrato determinados.
- Deja constancia del medio de pago utilizado.
- Facilita la liquidación final y la devolución de la garantía.
- Ayuda a diferenciar la fianza de otros depósitos o garantías.
- Reduce conflictos sobre pagos efectuados en efectivo.
Si el pago se hace por transferencia, el extracto bancario también es una prueba relevante. Aun así, un recibo firmado que detalle el concepto es aconsejable, en particular si la transferencia se emitió con una referencia genérica.
Quién debe emitirlo y cuándo se entrega
Lo habitual es que lo emita y firme el arrendador, porque es quien recibe la cantidad. Si interviene una inmobiliaria o un administrador de fincas autorizado para recibir fondos, el recibo debe identificar a la persona o entidad receptora y expresar en qué condición actúa.
Debe entregarse al arrendatario en el mismo momento del pago. Si la entrega se efectúa en efectivo, es recomendable preparar dos ejemplares originales y que ambas partes firmen los dos. Si se paga por transferencia, puede emitirse un recibo cuando el dinero figure abonado.
Representantes y cotitulares
Cuando hay varios arrendadores, debe firmar quien esté facultado para cobrar o actuar en nombre de todos. Si existen varios inquilinos, el recibo puede identificar a todos y señalar si pagan solidariamente o qué parte abona cada uno. Estas precisiones evitan dudas posteriores sobre quién ostenta el derecho a recuperar la fianza.
Normativa aplicable a la fianza en España
La regulación principal se encuentra en la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos. Su artículo 36 exige una fianza en metálico equivalente a una mensualidad de renta en los arrendamientos de vivienda y a dos mensualidades en los arrendamientos para uso distinto del de vivienda.
La misma norma contempla la actualización de la fianza en determinados supuestos durante la vigencia del contrato y regula la devolución del saldo. Una vez entregadas las llaves, si transcurre un mes desde su devolución sin que se haya restituido la cantidad que corresponda, el saldo devenga interés legal, salvo que existan cantidades justificadamente pendientes de liquidación.
Además, varias comunidades autónomas obligan a los arrendadores a depositar la fianza ante el organismo autonómico competente. Esta obligación de depósito no elimina el deber de entregar al inquilino un justificante de haber recibido el dinero. Para consultar el texto consolidado de la norma puede acudirse al texto de la Ley de Arrendamientos Urbanos en el BOE.
Depósito autonómico de la fianza
Las reglas, plazos y trámites para depositar la fianza dependen de la comunidad autónoma donde se ubique el inmueble. El recibo entre las partes no acredita por sí mismo que el arrendador haya cumplido ese trámite administrativo. Si procede, el arrendatario puede solicitar información o justificante del depósito conforme a la normativa territorial aplicable.
Datos que debe contener el recibo
Un recibo breve puede ser válido si permite identificar sin ambigüedad el pago. Sin embargo, cuanto más completo sea, mayor capacidad probatoria tendrá. Debe emplearse la misma identificación de partes e inmueble que aparece en el contrato de alquiler.
| Dato | Qué debe indicarse | Utilidad |
|---|---|---|
| Partes | Nombre completo, DNI/NIE o NIF y domicilio de arrendador y arrendatario. | Identifica a quien paga y a quien recibe. |
| Inmueble | Dirección completa, piso, puerta y, si procede, referencia al contrato. | Vincula la fianza con el alquiler concreto. |
| Importe | Cantidad en números y letras, con indicación de la moneda. | Evita discrepancias sobre la suma entregada. |
| Concepto | Fianza legal, garantía adicional o ambos conceptos desglosados. | Diferencia la garantía de la renta. |
| Pago | Efectivo, transferencia, tarjeta u otro medio, con referencia si existe. | Refuerza la trazabilidad del abono. |
| Fecha y firma | Lugar, fecha y firma de quien recibe, idealmente con copia para ambas partes. | Prueba la recepción y el momento del pago. |
Importe expresado en letras y números
Indique siempre el importe con cifras y letras. Por ejemplo: “mil euros (1.000,00 €)”. Si el recibo incluye una fianza legal y una garantía adicional, detalle cada partida por separado y refleje el total. No utilice expresiones imprecisas como “una cantidad en concepto de depósito”.
Plantilla lista para completar
Modelo editable
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RECIBO DE FIANZA DE ALQUILER
En __________, a ___ de __________ de __________.
REUNIDOS
De una parte, D./D.ª __________, mayor de edad, con DNI/NIE/NIF __________, con domicilio en __________, teléfono __________ y correo electrónico __________, en calidad de arrendador/a del inmueble indicado en este documento.
Y de otra parte, D./D.ª __________, mayor de edad, con DNI/NIE/NIF __________, con domicilio en __________, teléfono __________ y correo electrónico __________, en calidad de arrendatario/a.
[ ] Interviene asimismo D./D.ª __________, con DNI/NIE/NIF __________, en representación del arrendador/a, con facultades suficientes para recibir la cantidad objeto de este recibo.
Las partes se reconocen capacidad suficiente y, a los efectos oportunos,
HACEN CONSTAR
Primero. Que las partes han celebrado un contrato de arrendamiento con fecha ___ de __________ de __________ respecto del inmueble situado en __________, número __________, piso __________, puerta __________, código postal __________, municipio __________, provincia __________.
[ ] Se incluye como anejo plaza de garaje número __________.
[ ] Se incluye como anejo trastero número __________.
Segundo. Que, en cumplimiento de lo pactado en el contrato de arrendamiento y de la normativa aplicable, el arrendatario/a entrega al arrendador/a, que recibe y declara haber recibido en este acto, la cantidad total de:
__________ euros (__________ €)
La cantidad anterior se entrega con el siguiente desglose:
| Concepto | Importe |
| Fianza legal | __________ € |
| Garantía adicional | __________ € |
| Otro concepto: __________ | __________ € |
| Total recibido | __________ € |
Tercero. La cantidad se ha entregado mediante el siguiente medio de pago:
[ ] Efectivo.
[ ] Transferencia bancaria realizada el día ___ de __________ de __________, desde la cuenta terminada en __________, con referencia __________.
[ ] Bizum u otro medio electrónico. Referencia: __________.
[ ] Otro medio de pago: __________.
Cuarto. La cantidad recibida tiene la naturaleza de fianza legal y, en su caso, de garantía adicional vinculada al contrato de arrendamiento descrito. No constituye pago de renta, suministros, gastos comunes ni ninguna otra cantidad distinta, salvo que se haga constar expresamente en este recibo.
Quinto. La fianza responderá de las obligaciones del arrendatario/a derivadas del contrato, incluidas, cuando proceda y quede debidamente acreditado, rentas o cantidades asimiladas pendientes, daños imputables al arrendatario/a distintos del desgaste ordinario por el uso, suministros, gastos u otras obligaciones contractuales exigibles.
Sexto. A la finalización del arrendamiento y tras la entrega de llaves, las partes realizarán la comprobación del estado del inmueble y la liquidación que corresponda. El arrendador/a devolverá al arrendatario/a el saldo de fianza que proceda, una vez descontadas, en su caso, las cantidades justificadas que resulten exigibles.
Séptimo. [ ] El arrendador/a manifiesta que efectuará el depósito administrativo de la fianza ante el organismo competente, cuando resulte obligatorio conforme a la normativa de la comunidad autónoma donde se ubica el inmueble.
Octavo. El presente recibo se firma por duplicado ejemplar, quedando un original en poder de cada parte. Ambas partes declaran haber leído su contenido, comprenderlo y aceptarlo.
| EL/LA ARRENDADOR/A O REPRESENTANTE | EL/LA ARRENDATARIO/A |
| Firma: __________ | Firma: __________ |
| Nombre: __________ | Nombre: __________ |
| DNI/NIE/NIF: __________ | DNI/NIE/NIF: __________ |
RECIBÍ: D./D.ª __________ declara haber recibido la cantidad indicada en este documento en concepto de fianza y, en su caso, garantía adicional del arrendamiento identificado.
Firma del receptor/a: __________
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Cómo rellenar el modelo paso a paso
- Revise el contrato de alquiler y copie los datos de las partes y la dirección del inmueble exactamente como figuren en él.
- Determine la naturaleza del importe: fianza legal, garantía adicional o una combinación de ambas.
- Consigne la cantidad en euros, en cifras y letras, y compruebe que coincide con lo realmente entregado.
- Describa el medio de pago. En una transferencia, añada la fecha y la referencia u ordenante si resulta útil.
- Incluya la fecha efectiva de recepción, que puede ser distinta de la fecha de firma del contrato.
- Haga constar que el importe queda afecto a las obligaciones derivadas del arrendamiento, sin renunciar a los derechos legales de ninguna parte.
- Firme el recibo por la persona que recibe el dinero y entregue una copia firmada al pagador.
Si se modifica la cuantía de la fianza durante la relación contractual, es preferible emitir un nuevo recibo por la diferencia. Del mismo modo, cuando se devuelva total o parcialmente la garantía, debe firmarse un recibo de devolución o liquidación que señale el importe restituido y, si hay descuentos, su motivo documentado.
Errores frecuentes que conviene evitar
Confundir la fianza con la primera mensualidad
La renta remunera el uso del inmueble durante un periodo; la fianza garantiza el cumplimiento de obligaciones y, por regla general, debe devolverse al finalizar el contrato tras la liquidación correspondiente. Deben figurar en documentos o conceptos claramente diferenciados.
Firmar sin identificar el inmueble
Un recibo que solo diga “recibida fianza” puede generar dudas si las partes tienen varios contratos. Incluya siempre la dirección completa del inmueble y, si es posible, la fecha del contrato al que se vincula.
Dejar el medio de pago sin aclarar
La indicación del medio de pago es esencial. Si se utiliza efectivo, el recibo firmado adquiere especial importancia. Si se usa transferencia, conserve tanto el recibo como el justificante bancario.
Dar por devuelta la fianza sin liquidación
Al término del alquiler, no conviene redactar un recibo que confirme la devolución íntegra si existen desperfectos, consumos o rentas pendientes sin verificar. Lo adecuado es realizar una revisión, documentar el estado del inmueble y efectuar una liquidación clara.
Consejos prácticos para conservar una prueba sólida
Guarde el recibo junto con el contrato, inventario, fotografías de entrada, comunicaciones relevantes y justificantes de pago. Los documentos digitales son útiles, pero procure conservar también el original firmado cuando haya pago en efectivo o firma manuscrita.
- Use un concepto bancario claro: “Fianza alquiler [dirección del inmueble]”.
- Evite entregar efectivo sin recibir al instante un recibo firmado.
- No deje espacios en blanco que puedan completarse después.
- Numere los anexos si el recibo se acompaña de inventario o contrato.
- Conserve comunicaciones sobre la entrega de llaves y el estado final de la vivienda.
- Solicite que cualquier deducción de la fianza se explique y justifique documentalmente.
Cuando existan datos personales de las partes, deben tratarse solo para gestionar la relación arrendaticia y cumplir las obligaciones legales. La información institucional sobre derechos y obligaciones en materia de protección de datos está disponible en la Agencia Española de Protección de Datos.
Variantes y casos de uso del recibo
Alquiler de vivienda habitual
En el arrendamiento de vivienda, el recibo suele reflejar una fianza equivalente a una mensualidad de renta. Si se pacta una garantía adicional, debe aparecer separada para no confundirla con la fianza legal.
Local, oficina o alquiler de temporada
En arrendamientos para uso distinto del de vivienda, como locales de negocio u oficinas, la fianza legal es normalmente de dos mensualidades. En alquileres de temporada debe analizarse el uso real pactado y la clasificación contractual, ya que puede no ser un arrendamiento de vivienda habitual.
Entrega parcial o pagos aplazados
Si la fianza se paga en varios plazos, emita un recibo por cada entrega e indique el importe pendiente. El último recibo debería señalar que se ha completado la cuantía total pactada. No es recomendable declarar recibida una fianza completa si solo se ha abonado una parte.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio hacer un recibo de fianza de alquiler?
La Ley de Arrendamientos Urbanos exige la fianza, pero no impone un formato único de recibo entre las partes. Aun así, disponer de un justificante firmado es muy recomendable para probar la entrega y sus condiciones.
¿Puede el arrendador cobrar la fianza en efectivo?
Puede acordarse el pago en efectivo dentro de los límites legales aplicables a los pagos en metálico. En ese caso, el arrendatario debe exigir un recibo completo, fechado y firmado. La transferencia ofrece normalmente mayor trazabilidad.
¿Cuánto debe ser la fianza de un alquiler de vivienda?
Como regla general, una mensualidad de renta en los arrendamientos de vivienda. En los arrendamientos para uso distinto del de vivienda, la fianza legal equivale a dos mensualidades.
¿Cuándo debe devolverse la fianza?
Al finalizar el contrato y devolverse las llaves, después de comprobar posibles obligaciones pendientes. La ley prevé el devengo del interés legal sobre el saldo que deba restituirse si transcurre un mes desde la entrega de llaves sin devolución.
¿Puede descontarse cualquier gasto de la fianza?
No. Solo deberían deducirse cantidades realmente adeudadas o daños imputables al arrendatario que no respondan al desgaste ordinario por el uso. Es aconsejable justificar las deducciones con facturas, fotografías, inventario u otros documentos.
Referencias
- Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, especialmente artículo 36.
- Código Civil, normas generales sobre obligaciones, prueba y contratos.
- Normativa autonómica aplicable al depósito de fianzas de arrendamientos urbanos.
- Agencia Española de Protección de Datos, información sobre tratamiento de datos personales.
Sobre el autor
Editor y responsable de contenidos
Stefano Barcellos coordina la redacción y la revisión de los modelos de documentos de Plantilla King. Su trabajo consiste en convertir trámites cotidianos, como cobrar un pago, alquilar una vivienda o formalizar un acuerdo, en plantillas claras y completas, acompañadas de guías prácticas basadas en la normativa vigente y en fuentes oficiales.
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